Congreso del Estado
Comisiones legislativas analizarán iniciativa sobre figura de diputado o diputada migrante
Esta propuesta establece la creación de medidas encaminada a solucionar los problemas y desventajas de grupos para la igualdad
Por: Redacción
En comisiones legislativas será analizada y dictaminada la iniciativa al artículo 43 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para establecer el voto en el extranjero de las ciudadanas y ciudadanos potosinos para elegir a diputadas y diputados en términos de la Ley Electoral del Estado y establecer la figura de la
diputada y diputado migrante en el Congreso del Estado.
La reforma establece “las listas de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional que registre cada partido político deberán integrar una fórmula con carácter de migrante o binacional. La asignación de diputación con carácter migrante corresponderá al partido político con el menor porcentaje de votación estatal emitida, y serán otorgadas conforme al género de la última fórmula de asignación”.
En la exposición de motivos de la iniciativa indica “la redacción actual de la Constitución Política del Estado carece de un principio de progresividad, en lo referente al derecho a votar y ser votado de todos los potosinos que radican en el extranjero, así como de los potosinos que cuentan con residencia binacional o simultánea”.
El objetivo de la reforma constitucional es la creación e implementación de las medidas afirmativas siempre debe estar encaminada a solucionar los problemas y desventajas estructurales de los grupos que se pretende colocar en situación de igualdad.
En la Constitución del Estado por ahora solo faculta a los ciudadanos potosinos que residan en el extranjero para ejercer su derecho al voto en la elección de Gobernador del Estado más no así en las elecciones para elegir a representantes del Poder Legislativo. En términos de lo anterior el establecer el derecho de votar y ser votado para la diputación migrante debe encontrar sus bases en un orden jerárquico y en los requisitos que se establecen la Constitución Federal, la Constitución Local, y en los términos que disponga la Ley Electoral del Estado.
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Congreso del Estado
Congreso busca blindar a víctimas de acoso laboral
La reforma prohíbe hacer público el nombre de la víctima que denuncie
Por: Redacción
La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado aprobó el dictamen para reformar los artículos 25 y 40 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el que busca fortalecer las medidas de protección para mujeres víctimas de acoso u hostigamiento sexual en el ámbito laboral.
La propuesta, promovida por la diputada Brisseire Sánchez López, busca garantizar la seguridad, permanencia y estabilidad laboral de las mujeres que enfrenten este tipo de violencia, y evitar que sean presionadas para abandonar sus empleos o sufran actos de revictimización. Plantea además que en ningún caso se haga público el nombre de la víctima que haya presentado una denuncia.
La diputada Ma. Sara Rocha Medina, presidenta de la comisión, dijo que cuando las agresiones ocurran en el ámbito laboral, además de las órdenes de protección ya previstas en la ley, deberán implementarse acciones para salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas, así como su seguridad, permanencia y estabilidad en el trabajo.
La reforma se sustenta en los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, perspectiva de género y trabajo digno, en concordancia con la Constitución, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El dictamen fue turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.
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Congreso del Estado
Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP
Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.
Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.
Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.
Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.
Congreso del Estado
Se busca desde el Congreso fortalecer atención integral a pacientes de Alzheimer
La iniciativa contempla adicionar diversas fracciones , así como incorporar el denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”
Por: Redacción
Con el propósito de visibilizar el Alzheimer y fortalecer la atención integral de las personas que viven con esta condición, la diputada Frinne Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
La iniciativa plantea incorporar un marco jurídico específico para la atención del Alzheimer y otras demencias, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y acompañamiento integral; además de brindar mayor protección a las personas que enfrentan estas enfermedades y a quienes se encargan de su cuidado.
La legisladora explicó que la ausencia de disposiciones específicas limita la capacidad de respuesta del Estado y contribuye a mantener en la invisibilidad a quienes viven con estas condiciones, por lo que consideró que la reforma representa un acto de justicia, humanidad y visión de futuro para avanzar hacia un sistema de salud más solidario, preparado y digno.
La legisladora Azuara Yarzábal puntualizó que la iniciativa contempla adicionar diversas fracciones a los artículos 4, 13, 23 y 25, así como incorporar el Capítulo X Bis, denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”, con los artículos 67 Sexties 1, 2, 3, 4 y 5.
Dentro de las modificaciones propuestas se establece una definición de la enfermedad de Alzheimer como un trastorno neurocognitivo mayor, progresivo y degenerativo que afecta la memoria, el pensamiento, la conducta y la autonomía funcional.
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