agosto 26, 2026

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Congreso del Estado

Proponen cartilla electrónica de vacunación en San Luis Potosí

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La diputada Frinné Azuara Yarzábal detalló que sería gratuita, única e individual, también coexistiría con la cartilla física

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal propuso una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado para implementar la Cartilla Electrónica de Vacunación.

La propuesta busca establecer que el sistema de información en vacunación estatal se incluya en un registro nominal de las vacunas aplicadas a cada persona residente en el territorio potosino, e  incorporar la figura de la Cartilla Nacional de Vacunación Electrónica como un derecho de las y los potosinos.

Dicha cartilla  misma que será gratuita, única e individual y coexistirá con la versión física, garantizando la interoperabilidad del sistema estatal con las instituciones federales de salud  como son IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar, para que el historial de vacunación sea accesible en todo momento; además de establecer la obligación de la Secretaría de Salud del Estado de implementar mecanismos de consulta digital y notificaciones oportunas a la población sobre los esquemas de vacunación.

En su exposición de motivos, la diputada Frinné Azuara, también presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, establece que en nuestro país y particularmente en nuestro estado, el sector salud enfrenta un desafío histórico en materia de prevención, debido en gran parte, a la falta de un registro nominal y digitalizado que permita conocer con certeza el estatus de vacunación de cada persona.

Dijo que en la actualidad, la herramienta principal sigue siendo la cartilla de vacunación en formato físico, la cual enfrenta problemas estructurales ya que se extravía con facilidad, se presenta incompleta, se deteriora con el tiempo, y en muchas ocasiones, las familias recurren a la memoria para reconstruir el esquema de vacunación de sus hijos.

Mencionó que esta situación impide que el estado pueda planear con precisión sus campañas de salud, dado que sin un registro nominal, las autoridades sanitarias caminan sin precisión al no saber cuántos niños faltan por vacunar en cada colonia o comunidad rural, y no pueden identificar con nombre y apellido a quiénes les hace falta un refuerzo, y carecen de herramientas para reaccionar oportunamente ante brotes epidémicos.

Informó que en el legislativo federal, ya se ha presentado una iniciativa para reformar la Ley General de Salud, buscando establecer que el sistema de información en vacunación, se base en un registro nominal de las vacunas aplicadas a cada persona residente en el país, así como la existencia de una Cartilla Nacional de Vacunación tanto física como electrónica, gratuita, única e individual.

Por ello, en congruencia con este propuesta nacional, se propone también que nuestro estado cuente con esta armonización legislativa y cumpla con los principios de justicia social y modernización administrativa.

La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Salud y Asistencia Social; y Hacienda del Estado.

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Congreso del Estado

Congreso busca blindar a víctimas de acoso laboral

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La reforma prohíbe hacer público el nombre de la víctima que denuncie

Por: Redacción

La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado aprobó el dictamen para reformar los artículos 25 y 40 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el que busca fortalecer las medidas de protección para mujeres víctimas de acoso u hostigamiento sexual en el ámbito laboral.

La propuesta, promovida por la diputada Brisseire Sánchez López, busca garantizar la seguridad, permanencia y estabilidad laboral de las mujeres que enfrenten este tipo de violencia, y evitar que sean presionadas para abandonar sus empleos o sufran actos de revictimización. Plantea además que en ningún caso se haga público el nombre de la víctima que haya presentado una denuncia.

La diputada Ma. Sara Rocha Medina, presidenta de la comisión, dijo que cuando las agresiones ocurran en el ámbito laboral, además de las órdenes de protección ya previstas en la ley, deberán implementarse acciones para salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas, así como su seguridad, permanencia y estabilidad en el trabajo.

La reforma se sustenta en los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, perspectiva de género y trabajo digno, en concordancia con la Constitución, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El dictamen fue turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.

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Congreso del Estado

Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP

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Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.

 

Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.

 

Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.

 

Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.

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Congreso del Estado

Se busca desde el Congreso fortalecer atención integral a pacientes de Alzheimer

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La iniciativa contempla adicionar diversas fracciones , así como incorporar el denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”

Por: Redacción

Con el propósito de visibilizar el Alzheimer y fortalecer la atención integral de las personas que viven con esta condición, la diputada Frinne Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.

 

La iniciativa plantea incorporar un marco jurídico específico para la atención del Alzheimer y otras demencias, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y acompañamiento integral; además de brindar mayor protección a las personas que enfrentan estas enfermedades y a quienes se encargan de su cuidado.

 

La legisladora explicó que la ausencia de disposiciones específicas limita la capacidad de respuesta del Estado y contribuye a mantener en la invisibilidad a quienes viven con estas condiciones, por lo que consideró que la reforma representa un acto de justicia, humanidad y visión de futuro para avanzar hacia un sistema de salud más solidario, preparado y digno.

 

La legisladora Azuara Yarzábal puntualizó que la iniciativa contempla adicionar diversas fracciones a los artículos 4, 13, 23 y 25, así como incorporar el Capítulo X Bis, denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”, con los artículos 67 Sexties 1, 2, 3, 4 y 5.

 

 

Dentro de las modificaciones propuestas se establece una definición de la enfermedad de Alzheimer como un trastorno neurocognitivo mayor, progresivo y degenerativo que afecta la memoria, el pensamiento, la conducta y la autonomía funcional.

 

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Opinión

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