Congreso del Estado
Congreso aprobó reforma para la alfabetización digital de adultos mayores
Las autoridades deberán generar y aplicar estrategias que garanticen el derecho de las personas adultas mayores a ingresar a las instituciones educativas en sus distintos tipos y modalidades
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó el Decreto que reforma disposiciones de la Ley de Educación y de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de fortalecer la educación digital, reducir la brecha tecnológica y promover una mayor inclusión social de las personas adultas mayores.
La reforma busca que las personas mayores tengan mayores oportunidades de acceder a herramientas tecnológicas y desarrollar habilidades para utilizar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), como parte de las acciones encaminadas a favorecer su autonomía, participación social y ejercicio pleno de sus derechos.
Como parte de las modificaciones, se reformó la fracción III del artículo 25 de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, estableciendo que el Gobierno del Estado y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán incluir la capacitación en tecnologías de la información y la comunicación, promoviendo la alfabetización digital como un medio para fortalecer el ejercicio de los derechos de este sector de la población y favorecer su plena integración social.
Asimismo, se establece que las autoridades deberán generar y aplicar estrategias que garanticen el derecho de las personas adultas mayores a ingresar a las instituciones educativas en sus distintos tipos y modalidades.
Para ello, deberán promover programas y servicios educativos dirigidos a las personas adultas mayores, tomando en consideración sus contextos familiares, comunitarios, laborales y sociales, además de impulsar la capacitación en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
La reforma establece también la conformación, en coordinación con el Instituto Estatal de Educación para Adultos, de cursos de educación básica, informática y alfabetización digital dirigidos a personas adultas mayores, con la finalidad de fortalecer su desarrollo personal, ampliar sus capacidades educativas y facilitar su incorporación al uso de herramientas tecnológicas.
Durante el análisis de la propuesta se destacó que la tecnología puede contribuir de manera importante a mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores, al facilitar el acceso a servicios de salud, fortalecer la comunicación y socialización, favorecer su autonomía y generar nuevas oportunidades de inclusión.
Sin embargo, se reconoció que uno de los principales retos es la brecha digital, particularmente entre personas que viven en comunidades marginadas o que tienen menor acceso a servicios educativos y tecnológicos.
Entre las barreras que enfrentan se encuentran la falta de acceso a Internet, el desconocimiento en el manejo de dispositivos electrónicos y la desconfianza o dificultad para utilizar nuevas herramientas digitales.
Ante esta situación, la reforma busca impulsar acciones de alfabetización digital que permitan a las personas adultas mayores adquirir conocimientos y habilidades para utilizar de manera segura y efectiva las nuevas tecnologías.
Con estas modificaciones, el Congreso del Estado fortalece el marco jurídico para promover una educación más incluyente y accesible, reconociendo que el desarrollo de habilidades digitales constituye una herramienta para favorecer la autonomía, participación e integración social de las personas adultas mayores.
Las nuevas disposiciones buscan que este sector de la población pueda acceder a oportunidades de aprendizaje permanente y aprovechar los beneficios que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación en su vida cotidiana.
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Congreso del Estado
Congreso busca blindar a víctimas de acoso laboral
La reforma prohíbe hacer público el nombre de la víctima que denuncie
Por: Redacción
La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado aprobó el dictamen para reformar los artículos 25 y 40 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el que busca fortalecer las medidas de protección para mujeres víctimas de acoso u hostigamiento sexual en el ámbito laboral.
La propuesta, promovida por la diputada Brisseire Sánchez López, busca garantizar la seguridad, permanencia y estabilidad laboral de las mujeres que enfrenten este tipo de violencia, y evitar que sean presionadas para abandonar sus empleos o sufran actos de revictimización. Plantea además que en ningún caso se haga público el nombre de la víctima que haya presentado una denuncia.
La diputada Ma. Sara Rocha Medina, presidenta de la comisión, dijo que cuando las agresiones ocurran en el ámbito laboral, además de las órdenes de protección ya previstas en la ley, deberán implementarse acciones para salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas, así como su seguridad, permanencia y estabilidad en el trabajo.
La reforma se sustenta en los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, perspectiva de género y trabajo digno, en concordancia con la Constitución, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El dictamen fue turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.
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Congreso del Estado
Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP
Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.
Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.
Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.
Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.
Congreso del Estado
Se busca desde el Congreso fortalecer atención integral a pacientes de Alzheimer
La iniciativa contempla adicionar diversas fracciones , así como incorporar el denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”
Por: Redacción
Con el propósito de visibilizar el Alzheimer y fortalecer la atención integral de las personas que viven con esta condición, la diputada Frinne Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
La iniciativa plantea incorporar un marco jurídico específico para la atención del Alzheimer y otras demencias, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y acompañamiento integral; además de brindar mayor protección a las personas que enfrentan estas enfermedades y a quienes se encargan de su cuidado.
La legisladora explicó que la ausencia de disposiciones específicas limita la capacidad de respuesta del Estado y contribuye a mantener en la invisibilidad a quienes viven con estas condiciones, por lo que consideró que la reforma representa un acto de justicia, humanidad y visión de futuro para avanzar hacia un sistema de salud más solidario, preparado y digno.
La legisladora Azuara Yarzábal puntualizó que la iniciativa contempla adicionar diversas fracciones a los artículos 4, 13, 23 y 25, así como incorporar el Capítulo X Bis, denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”, con los artículos 67 Sexties 1, 2, 3, 4 y 5.
Dentro de las modificaciones propuestas se establece una definición de la enfermedad de Alzheimer como un trastorno neurocognitivo mayor, progresivo y degenerativo que afecta la memoria, el pensamiento, la conducta y la autonomía funcional.
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