Congreso del Estado
Congreso de SLP aprobó solicitar plebiscito de Pozos
Las y los diputados acordaron solicitar al Ceepac que realice el plebiscito sobre la solicitud para promover la categoría de municipio a la actual delegación
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado, aprobó acuerdo para solicitar al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), realice el plebiscito conforme lo establecen los artículos 31; 38; 39 segundo párrafo, y 57 fracción XXVI de la Constitución Política del Estado, y los numerales 47 fracción VI y 58 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, y 10 fracción III, y de la Ley de Referéndum y Plebiscito del Estado de San Luis Potosí, consultando a la ciudadanía del municipio de San Luis Potosí que expresen su opinión afirmativa o negativa como lo mandata el numeral 20 de la última Ley, sobre la solicitud que promueve otorgar la categoría de municipio al centro de población que se conoce como Delegación de Villa de Pozos.
El acuerdo establece que, se debe notificar al Poder Legislativo en tiempo real la realización de cada etapa del procedimiento establecido en al Capítulo IV de la Ley de Referéndum y Plebiscito del Estado de San Luis Potosí.
Asimismo, concluido el procedimiento de plebiscito, se envíen a la Presidencia de la Directiva o a la Presidencia de la Diputación Permanente, los resultados y sus anexos, además de publicar el resultado en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí.
También se solicitó al CEEPAC, para que, en coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE), lleven a cabo la compulsa de las credenciales para votar, que presentaron en la solicitud que promueve otorgar la categoría de municipio al centro de población que se conoce como Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí.
La compulsa, deberá tener como fin, verificar que las credenciales para votar, se encuentren vigentes; correspondan a la demarcación del municipio de San Luis Potosí; y no se presenten credenciales para votar repetidas.
Se indica que al verse cumplido con los extremos de la consideración cuarta se solicita al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, realice el plebiscito correspondiente, recabado el sentir de la población del municipio que resulte afectado, estos es que expresen su opinión afirmativa o negativa respecto el acto de este Poder Legislativo, sobre la solicitud que promueve otorgar la categoría de municipio al centro de población que se conoce como Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí.
Esto, luego de que las comisiones de Gobernación, Desarrollo Territorial, y Puntos Constitucionales con fundamento en lo establecido en los artículos, 57 fracción XXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 47 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre, y fracción I, del artículo 11, de la Ley de Referéndum y Plebiscito del Estado de San Luis Potosí, recibieron la solicitud planteada por habitantes de Villa de Pozos, quienes presentaron firmas y documentales para avalar dicha petición.
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Congreso del Estado
Congreso busca blindar a víctimas de acoso laboral
La reforma prohíbe hacer público el nombre de la víctima que denuncie
Por: Redacción
La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado aprobó el dictamen para reformar los artículos 25 y 40 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el que busca fortalecer las medidas de protección para mujeres víctimas de acoso u hostigamiento sexual en el ámbito laboral.
La propuesta, promovida por la diputada Brisseire Sánchez López, busca garantizar la seguridad, permanencia y estabilidad laboral de las mujeres que enfrenten este tipo de violencia, y evitar que sean presionadas para abandonar sus empleos o sufran actos de revictimización. Plantea además que en ningún caso se haga público el nombre de la víctima que haya presentado una denuncia.
La diputada Ma. Sara Rocha Medina, presidenta de la comisión, dijo que cuando las agresiones ocurran en el ámbito laboral, además de las órdenes de protección ya previstas en la ley, deberán implementarse acciones para salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas, así como su seguridad, permanencia y estabilidad en el trabajo.
La reforma se sustenta en los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, perspectiva de género y trabajo digno, en concordancia con la Constitución, la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El dictamen fue turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.
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Congreso del Estado
Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP
Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.
Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.
Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.
Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.
Congreso del Estado
Se busca desde el Congreso fortalecer atención integral a pacientes de Alzheimer
La iniciativa contempla adicionar diversas fracciones , así como incorporar el denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”
Por: Redacción
Con el propósito de visibilizar el Alzheimer y fortalecer la atención integral de las personas que viven con esta condición, la diputada Frinne Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
La iniciativa plantea incorporar un marco jurídico específico para la atención del Alzheimer y otras demencias, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y acompañamiento integral; además de brindar mayor protección a las personas que enfrentan estas enfermedades y a quienes se encargan de su cuidado.
La legisladora explicó que la ausencia de disposiciones específicas limita la capacidad de respuesta del Estado y contribuye a mantener en la invisibilidad a quienes viven con estas condiciones, por lo que consideró que la reforma representa un acto de justicia, humanidad y visión de futuro para avanzar hacia un sistema de salud más solidario, preparado y digno.
La legisladora Azuara Yarzábal puntualizó que la iniciativa contempla adicionar diversas fracciones a los artículos 4, 13, 23 y 25, así como incorporar el Capítulo X Bis, denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”, con los artículos 67 Sexties 1, 2, 3, 4 y 5.
Dentro de las modificaciones propuestas se establece una definición de la enfermedad de Alzheimer como un trastorno neurocognitivo mayor, progresivo y degenerativo que afecta la memoria, el pensamiento, la conducta y la autonomía funcional.
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